Foro Nacional Ambiental

¿Proyectos piloto de investigación integral?

Por: Juan Pablo Ruiz Soto | Junio 15 de 2020

La propuesta de reglamentación para los proyectos piloto de investigación integral (PPII) sobre fracking que ha puesto a consideración de la ciudadanía el Ministerio de Minas y Energía requiere profundos ajustes. Estos ajustes son necesarios, si queremos que la investigación sobre la conveniencia o no de hacer fracking sea parte de la construcción del pacto de Estado propuesto por la Comisión Interdisciplinaria Independiente (marzo, 2019).

La Comisión propuso realizar PPII, entendidos como proyectos experimentales de naturaleza científica y técnica, sujetos a las más estrictas condiciones de diseño, vigilancia, monitoreo y control. Transparentes, con participación comunitaria y verificación independiente.

Los PPII no pueden ser transformados en proyectos piloto de exploración. Es necesario ajustar el título y el objeto de la propuesta donde se habla de “adelantar actividades de exploración en PPII”. Adicionalmente, en lo que la propuesta llama “Etapa Concomitante”, menciona que los contratistas de los PPII realizarán, como parte del proceso, el dimensionamiento del yacimiento y otras actividades relacionadas con procesos de exploración. No se trata de proyectos de exploración que se enmarquen en el concepto de investigación. Los PPII propuestos por la Comisión pretenden evaluar la viabilidad del uso de la técnica y no la magnitud de las reservas. El título de la propuesta de reglamentación, la forma como está definido su objeto y la etapa concomitante generan confusión entre “pilotos de investigación” y “pilotos de exploración”.

La propuesta de reglamentación dice que antes de iniciar los PPII se deben cumplir las condiciones previas propuestas por la Comisión. Ahora bien, según la Comisión, estas deben ser garantizadas, tras un proceso de evaluación y seguimiento por parte de un comité independiente con participación de la sociedad civil. En la propuesta de reglamentación no está garantizada la participación de representantes de comunidades, academia y grupos de interés en la verificación de las condiciones previas.

Respecto al Comité de Evaluación de los PPII, la propuesta de reglamentación dice que estará conformado por un delegado del presidente de la República, uno de Minminas, uno de Minambiente y dos miembros expertos independientes designados por el presidente de la República. Esta composición no garantiza el carácter independiente del Comité. En mi concepto, para que la evaluación sea independiente —como lo propuso la Comisión—, hace falta la participación de delegados de las comunidades, la academia y las organizaciones ambientales. Estos deben ser elegidos por cada uno de los grupos que representan, mediante un claro y diáfano proceso que evite vicios de representatividad, como los que hoy se presentan entre los delegados de las ONG ambientales en los consejos directivos de las CAR. En mi concepto, estos y otros temas (ejemplo: construcción de la línea base de salud) deberían ser revisados y ajustados en la reglamentación propuesta.

Adicionalmente, como dice el informe de la Comisión, “una vez realizados los PPII, deben ser analizados los resultados de la etapa de investigación integral y, observando el principio de precaución, definir si el país está listo para avanzar con la producción comercial”. Esto, si y solo si la evaluación costo-beneficio integral genera un balance positivo para el país y si los riesgos son manejables.

Avanzar en el pacto de Estado requiere, más que una política de gobierno, una política de Estado donde se articulen todos los actores en torno a una nueva matriz energética, que contribuya a la gestión de territorios sostenibles y al desarrollo integral y sostenible del país.

Publicado en El Espectador https://www.elespectador.com/opinion/columnistas/juan-pablo-ruiz-soto/proyectos-piloto-de-investigacion-integral-column-899736/

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